Este martes durante sesión extraordinaria, el grupo parlamentario de MORENA presentó la iniciativa para definir los lineamientos a seguir para la elección de juezas y jueces.
Tlaxcala, Tlax. El grupo parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) de la LXV Legislatura del Congreso del Estado, presentó este martes, durante sesión extraordinaria pública, la iniciativa para reformar y adicionar disposiciones a la Constitución Política de Tlaxcala para establecer lineamientos más claros en torno a la elección del Poder Judicial.
Entre las principales modificaciones a la ley se encuentra la propuesta de que la segunda elección de juezas y jueces se realice en junio de 2028, en conjunto con la elección del Poder Judicial a nivel Federal para evitar que coincida con los comicios de gobernador y diputados locales del 2027.
Asimismo, se establecen periodos mucho más claros para cada etapa del proceso, así como certeza para quienes decidan contender. La iniciativa contempla que cada poder el estado integre un comité de cinco especialistas en derecho para evaluar los perfiles, conocimientos y trayectoria de las y los aspirantes garantizando la paridad de género.
Las y los juzgadores a participar deberán contar con conocimientos técnicos necesarios, ser distinguidos por su honestidad y buena fama pública. Contar con competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.
"Las personas juzgadoras que aspiren a un cargo de elección distinta al que ostenten deberán separarse del cargo mediante renuncia expresa e irrevocable”, se lee en la iniciativa. Los interesados deberán capacitarse y actualizarse de forma permanente.
A su vez, la reforma contempla que en las boletas electorales de la elección judicial se distinga el poder postulante y las especialidades que correspondan a cada ámbito territorial, además de que deberán contener los nombres completos de las y los candidatos.
La jornada electoral judicial deberá celebrarse en la misma ubicación donde se realizan las elecciones federales ordinarias o locales. Mientras que las autoridades locales deberán garantizar que la elección se lleve a cabo sin la intervención de personas representantes de partidos políticos. El escrutinio y cómputo de votos se realizará en la casilla donde fueron sufragados.
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