Tlaxcala, Tlax.- La Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coeprist) atendió las peticiones de los establecimientos denominados giros negros tras la manifestación realizada este miércoles. Se acordó realizar una mesa de trabajo para atender sus inquietudes y garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente.
Aclaración sobre cierres y facultades de Coeprist
El organismo estatal aclaró que no ha realizado cierres de estos negocios, ya que según el artículo 360 Bis del Código Penal de Tlaxcala, la Coeprist no tiene autoridad para cerrar establecimientos, sino únicamente para verificar el cumplimiento sanitario. En caso de detectar delitos durante inspecciones, la Fiscalía General del Estado es la encargada de intervenir.
Participación en la mesa de trabajo
En la reunión celebrada en el auditorio de la Dirección de Gobernación, participaron cinco representantes de giros negros, funcionarios de la Secretaría de Gobierno federal, la Dirección de Gobernación estatal, Protección Civil Estatal y la Coeprist.
Capacitación y normativas para giros negros
Se acordó que la Coeprist otorgará capacitaciones a los establecimientos para que conozcan y cumplan con la normativa sanitaria relacionada con productos, servicios, insumos para la salud, atención médica y salud ambiental.
Sobre las multas, se informó que son impuestas conforme a la Ley General de Salud y otras normativas, tomando en cuenta la actividad comercial de cada negocio. Además, las autoridades deben informar previamente sobre los requisitos que deben cumplir antes de proceder a cualquier sanción.
Horarios de cierre y limitantes legales
La Coeprist aclaró que no tiene facultad para modificar horarios de cierre de giros negros. Solo ejecuta el decreto que establece las limitantes y horarios para la operación de establecimientos dedicados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, aprobado por el Congreso del Estado.
Reforma legal y sanciones por conductas indebidas
El Congreso de Tlaxcala aprobó reformas que establecen horarios y limitantes para estos negocios, y adicionaron el artículo 360 Bis del Código Penal que sanciona con prisión y multas a quienes permitan espectáculos con contenido explícito erótico o sexual, incluyendo baile de personas desnudas o semidesnudas.
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