Ciudad de México.- La madrugada de este jueves 14 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Con un total de 335 votos a favor, 108 en contra y 0 abstenciones, el dictamen fue aprobado en lo general y con algunos cambios en lo particular.
¿Qué implica esta reforma?
Esta reforma modifica el artículo 19 de la Constitución Mexicana y establece que más delitos podrán ser sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, la cual se aplica de manera excepcional en situaciones de necesidad extrema, privando de la libertad a presuntos criminales antes de su juicio. A pesar de la ampliación, se excluyeron dos delitos clave: el narcomenudeo y la defraudación fiscal.
Modificaciones y Exclusiones:
El coordinador de Morena, Ricardo Monreal, explicó que se excluyó al narcomenudeo (venta de drogas en pequeña escala) para darle un enfoque social y recuperar el tejido social, especialmente entre los jóvenes. También se excluyó la defraudación fiscal como delito grave, debido a la necesidad de promover unidad nacional.
Nuevas Inclusiones:
En cambio, se mantuvieron delitos como extorsión, contrabando, y el uso de facturas falsas. Además, se ampliaron las hipótesis relacionadas con el tráfico de drogas, específicamente el fentanilo. La reforma permitirá que se imponga la prisión preventiva en casos de delitos asociados con la producción, distribución y comercialización de sustancias ilícitas, incluidos los precursores químicos para la fabricación de fentanilo.
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