El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña por parte del diputado del Partido del Trabajo (PT), Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, quien buscaba la reelección por el distrito local 12.
Durante una sesión extraordinaria, los tres magistrados del TET abordaron diversos asuntos relacionados con el proceso electoral local del 2 de junio. Entre estos, se encontraba el Procedimiento Especial Sancionador TET-PES-013/2024, en contra del legislador. Tras analizar el caso, se determinó que no se acreditaron las presuntas violaciones a la normativa electoral.
La denuncia señalaba que Covarrubias había realizado actos anticipados de campaña, basándose en el testimonio de una persona que afirmó haber recibido la visita de un emisario del diputado, quien le pidió su voto a cambio de calentadores solares. Además, la denunciante alegó haber recibido una llamada telefónica del candidato, en la que se le ofrecían beneficios a cambio de su apoyo.
Dentro del expediente se presentó un video como prueba, pero la autoridad jurisdiccional concluyó que “no fue posible tener por acreditado el elemento subjetivo”, ya que en la grabación no se detectaron expresiones que implicaran un llamamiento a votar por el denunciado o su partido. Tampoco se encontró propaganda a favor de estos.
La Primera Ponencia destacó la falta de pruebas sobre la supuesta llamada telefónica. Al solicitar información al proveedor de la línea denunciada, la empresa respondió que “no existe registro alguno por el que se pueda atribuir la titularidad de dicha línea de teléfono a persona cierta”.
El TET subrayó que para que se configuren estas infracciones deben existir “manifestaciones explícitas; o bien, unívocas e inequívocas de apoyo o rechazo a una opción electoral; además, estas manifestaciones deben trascender al conocimiento de la ciudadanía y, al valorarse en su contexto, deben afectar la equidad en la contienda electoral”.
En consecuencia, al no encontrarse presentes los elementos personal, temporal y subjetivo necesarios, se declaró la inexistencia de la infracción por actos anticipados de campaña.
Posteriormente, el TET resolvió otros asuntos, declarando procedente el nuevo escrutinio y cómputo de seis casillas correspondientes a la elección de presidente de comunidad de Panzacola en Papalotla, así como de San Ambrosio Texantla, en el municipio de Panotla. Se realizará la misma diligencia en las casillas básica y contigua 1 de la sección 343.
Finalmente, se confirmaron las elecciones en Santa Cruz Techachalco y San Antonio Tizostoc, pertenecientes a Panotla e Ixtacuixtla, respectivamente.
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