Tlaxcala, Tlax., Quien asà lo desee en Tlaxcala ya puede elegir para sus hijos el orden de prelación de sus apellidos, pues desde agosto pasado entraron en vigor las reformas hechas al Código Civil que lo permitan.
Al ser publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, las modificaciones ya permiten que los menores puedan llevar primero el apellido de la mamá, y no necesariamente el del papá, eso previo acuerdo de los paterfamilias.
Sin embargo, si los padres de familia registran más de un hijo en el mismo matrimonio deberá respetarse el orden elegido con el primer hijo, y si no existe un acuerdo para ello será un juez quién lo decida.
Además, quedó establecido que el juez del registro civil deberá exhortar a quienes presenten al menor para su registro que el nombre propio que le van a poner no sea peyorativo, discriminatorio, infamante, denigrante, carente de significado, o que constituya un signo, sÃmbolo o siglas, o bien que exponga al registrado a ser objeto de burla.
En esas reformas quedó asentado que, a fin de garantizar el principio de atención preferencial, para los adultos mayores y personas con discapacidad quedará eximido el pago de las actas del estado civil que sean solicitadas por las personas en condición de vulnerabilidad.
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