Tlaxcala, Tlax.- El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó una medida cautelar para ordenar el retiro de propaganda vinculada con la senadora con licencia Ana Lilia Rivera Rivera, pese a que el organismo había sido informado previamente de que las 85 bardas señaladas ya habían sido eliminadas o blanqueadas.
La decisión generó cuestionamientos por el momento en que fue aprobada. La información entregada al árbitro electoral indicaba que la acción que posteriormente fue ordenada ya se había realizado antes de que el Consejo General resolviera el expediente.
ITE ordena retirar bardas de Ana Lilia Rivera que ya habían sido blanqueadas
Durante la mañana del 31 de agosto fue presentado ante el ITE un escrito mediante el cual se informó que las 85 bardas denunciadas ya habían sido eliminadas o cubiertas con pintura.
La notificación llegó al organismo electoral mediante correo electrónico, por lo que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones tuvo conocimiento de que la propaganda señalada en la denuncia ya no se encontraba en las condiciones originales antes de que el Consejo General analizara y aprobara la medida cautelar.
Sin embargo, horas después, el Consejo General resolvió el expediente CQD/Q/AJVC/CG/103/2026 y determinó ordenar el retiro, eliminación, cobertura total o blanqueamiento de las expresiones de identificación directa con la legisladora.
La medida quedó establecida en la resolución ITE-CG 58/2026, en la que se fijó un plazo máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación, para cumplir con la determinación.
El documento previo abre cuestionamientos sobre la oportunidad de la medida
El punto que genera mayor atención es que, conforme a la información presentada ante el propio organismo, las bardas ya habían sido borradas antes de que se aprobara la orden cautelar.
En ese contexto, el debate se concentra en la oportunidad de la decisión. Si la propaganda denunciada ya había sido retirada o blanqueada, la medida aprobada posteriormente recaería sobre una acción que, de acuerdo con el escrito entregado al ITE, ya se encontraba realizada.
La resolución, sin embargo, estableció formalmente la obligación de retirar o cubrir la propaganda señalada dentro del plazo fijado por el Consejo General.
El ITE aclara que no existe una declaración de responsabilidad contra la senadora
Otro elemento relevante del expediente es que el propio Consejo General reconoce que, en esta etapa preliminar, no está plenamente acreditada la autoría, contratación, pago, orden, consentimiento o colocación de la propaganda.
Esto significa que la medida cautelar no determina que Ana Lilia Rivera haya ordenado, contratado o financiado directamente la realización de las bardas.
El ITE también precisó que sus consideraciones no representan una declaración anticipada sobre la existencia de infracciones electorales ni implican, por sí mismas, una responsabilidad definitiva de la senadora con licencia.
La decisión forma parte de un procedimiento cautelar, por lo que el análisis de fondo sobre los hechos denunciados deberá seguir su curso conforme a las etapas correspondientes.
La decisión ocurre en un momento político relevante para Tlaxcala
La resolución se produce durante una etapa importante en la definición de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación y la Soberanía en Tlaxcala, un proceso que mantiene la atención sobre distintos actores políticos de la entidad.
Por ello, cada actuación de la autoridad electoral adquiere una relevancia particular. La información de que el ITE ya conocía el blanqueo de las bardas antes de aprobar la medida cautelar ha colocado nuevamente bajo observación la oportunidad de sus determinaciones.
El caso también vuelve a poner sobre la mesa la importancia de que las resoluciones electorales se apeguen a los hechos y a la información disponible en cada expediente. Hasta ahora, la propia resolución establece que no existe una declaración de responsabilidad electoral contra Ana Lilia Rivera, mientras que el procedimiento relacionado con la propaganda continúa en la vía correspondiente.
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