Por: Cortesía

Tlaxcala

Debate sobre la aplicación de la perspectiva de género tras decisión judicial en caso de violencia digital

Un juez penal local, Gerardo Felipe González Galindo, ha sido el centro de controversia tras decidir no mantener en prisión a dos hombres acusados de extorsionar a una ex pareja con la amenaza de publicar videos íntimos en plataformas digitales. A pesar de que la legislación local ya reconoce la violencia digital sexual como delito, el juez determinó que la perspectiva de género, la medida cautelar impuesta y la relación sentimental previa entre la víctima y uno de los acusados eran insuficientes para justificar su retención en prisión.

Durante la audiencia de control, se confirmó la legalidad de la detención inicial de Carlos Eduardo N. y José Luis N., pero el juez calificó como ilegal su retención continua. Según González Galindo, la protección policial municipal ya otorgada a la víctima mitigaba cualquier riesgo potencial, a pesar de que el delito fue cometido mediante medios digitales.

Este fallo ha generado un debate significativo sobre la efectividad de la aplicación de la perspectiva de género en el sistema judicial, especialmente en casos de violencia digital. El juez también solicitó al Ministerio Público que impusiera medidas adicionales de protección para la víctima, aunque no especificó cuáles serían estas medidas.

El Código Penal del Estado de Tlaxcala establece penas de dos a ocho años de prisión y multas significativas para aquellos que cometan extorsión, con penas incrementadas hasta diez años si el delito se realiza a través de medios de comunicación. Esta disposición busca abordar los daños patrimoniales, morales o psicológicos causados por tales actos.

Este caso resalta la complejidad de los desafíos legales y sociales que enfrentan las víctimas de violencia digital y plantea preguntas importantes sobre cómo los sistemas judiciales pueden adaptarse mejor para proteger a las víctimas de este tipo de abuso en la era digital.

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