Tlaxcala, Tlax.- El Congreso de Tlaxcala no concluyó dentro del plazo establecido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la reforma destinada a garantizar la participación política de los pueblos y comunidades indígenas en la integración del Poder Legislativo.
La sentencia SUP-REC-164/2026 estableció que la reforma debía aprobarse antes del 6 de septiembre de 2026 para que pudiera tener efectos en el proceso electoral local 2026-2027. Al no concretarse dentro de esa fecha, una modificación posterior ya no podrá aplicarse a esos comicios.
Reforma indígena en Tlaxcala queda fuera de la elección de 2027
La resolución de la Sala Superior surgió de un litigio promovido por Alfonso Benítez Sartillo y otras personas, relacionado con la omisión del Congreso local de establecer mecanismos que garanticen la participación efectiva de los pueblos y comunidades indígenas en las diputaciones locales.
El TEPJF determinó en mayo pasado que las acciones realizadas por el Poder Legislativo no eran suficientes para considerar que la sentencia original estaba en vías de cumplimiento. Por ello, revocó las resoluciones previas y ordenó establecer un cronograma preciso para realizar la consulta y concluir la reforma.
El plazo que fijó el Tribunal Electoral
La Sala Superior explicó que el límite estaba relacionado con las reglas constitucionales que impiden modificar aspectos fundamentales de la legislación electoral durante los 90 días previos al inicio del proceso electoral.
En su resolución, señaló que la elección local de 2027 está prevista para el 6 de junio, por lo que el último día para realizar modificaciones fundamentales que pudieran aplicarse a esos comicios era el 6 de septiembre de 2026.
El mandato no desaparece con el vencimiento de esa fecha. El Congreso debe continuar con las acciones necesarias para cumplir la sentencia, pero la eventual reforma quedaría fuera de la elección local 2026-2027.
La consulta a comunidades indígenas es parte central del proceso
El conflicto no se limita a la aprobación de una reforma electoral. La sentencia establece que debe realizarse una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas de Tlaxcala sobre la forma en que deberán participar en la postulación de candidaturas y en el ejercicio de cargos públicos.
Este derecho tiene respaldo en el artículo 2 de la Constitución y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. La Suprema Corte ha establecido que las autoridades legislativas deben consultar a pueblos y comunidades indígenas cuando pretendan adoptar medidas susceptibles de afectar directamente sus derechos e intereses.
En el caso de Tlaxcala, el propio TEPJF señaló que la consulta debe abordar los mecanismos que permitan garantizar un acceso real y efectivo de la población indígena a los cargos representativos.
El ITE tendrá un papel clave ante el retraso legislativo
La resolución también vinculó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE). Si el Congreso no realiza la consulta, el organismo electoral deberá llevarla a cabo y remitir sus resultados al Poder Legislativo para que sean considerados posteriormente.
Además, el ITE deberá establecer las acciones afirmativas necesarias para proteger los derechos político-electorales de los pueblos originarios, mientras que el Tribunal Electoral de Tlaxcala deberá mantener seguimiento al cumplimiento de la sentencia.
De esta manera, aunque la reforma ya no puede incorporarse al proceso electoral local 2026-2027, el mandato judicial permanece vigente y el procedimiento legislativo deberá continuar hasta alcanzar su cumplimiento.
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