Durante sesión extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó las bases de dictaminación del ejercicio fiscal 2025 de los entes municipales y estatales.
Tlaxcala, Tlax.- La sexagésima quinta legislatura del Congreso del Estado aprobó durante sesión extraordinaria, las bases del procedimiento interno para la dictaminación de las cuentas públicas del Ejercicio Fiscal 2025. Con 19 votos a favor, formalmente inició el proceso de revisión y fiscalización del uso de los recursos públicos estatales y municipales.
Una de las modificaciones más importantes es el cambio en los parámetro para evaluar el probable daño patrimonial, pues ahora la puntuación máxima en este punto se otorgará sólo cuando el probable daño patrimonial represente entre el 0 y el 1.49 por ciento del gasto devengado. La puntuación media, a su vez, corresponderá al porcentaje entre 1.5 y 2.99 por ciento, mientras que la puntuación más baja será cuando el porcentaje sea igual o rebase el 3 por ciento.
Los elementos que se conservan son todo el sistema de evaluación será de 100 puntos para la dictaminación de las cuentas públicas, por lo que el rubro respecto al probable daño patrimonial, continúa en 40 puntos equivalente al 40 por ciento de la calificación total. Asimismo, se mantienen 70 puntos como límite mínimo necesario para la aprobación de la cuenta público.
Las bases fueron presentadas por la Comisión de Finanzas y Fiscalización, estas establecen el mecanismo para revisar las cuentas públicas que corresponden del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025. El acuerdo establece las reglas, etapas y riterios que liderarán el análisis y la emisión de los dictámenes correspondientes por el Poder Legislativo.
El documento robustece el procedimiento de revisión de cuentas públicas con base en los informes individuales por parte del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), además de establecer plazos, atribuciones y criterios de evaluación que deberá observar la Comisión durante la dictaminación. No obstante, la Comisión de Finanzas y Fiscalización no podrá recibir propuestas de solventación ni dar por solventada ninguna observación emitida por el órgano fiscalizador.
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