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Tlaxcala

Conferencia magistral, busca fortalecer los derechos humanos de comunidades indígenas en Tlaxcala

Con el fin de promover y fortalecer los derechos humanos de las comunidades indígenas a través de la interculturales, se impartió la Conferencia Magistral por autoridades de derechos humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Tlaxcala, Tlax. La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) así como la Secretaría de Bienestar organizaron una Conferencia Magistral para el fortalecimiento de los Derechos Humanos en las comunidades indígenas "Multiculturalidad, Pluriculturalidad e Interculturalidad". Esta fue impartida por Maximino Muñoz de la Cruz, Subdirector General de Derechos Humanos y Justicia Pluricultural de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La diferencia primordial entre estas es que no en todas conviven y se relacionan las comunidades indígenas. En el caso de la Multiculturalidad, el ponente destacó que se trata de la integración de diversas culturas dentro de un mismo territorio, sin ninguna relación entre sí.

En el caso de la Pluriculturalidad, se refiere al espacio geográfico en el que sí se relacionan y conviven dos o más culturas para conformar una identidad. Muchos criterios de la Corte -sobre todo en amparos- han determinado que la pluriculturalidad incluye la comprensión del otro. Y en el caso de Interculturalidad se refiere a la conexión entre culturas, a la forma de relacionarse entre sí, al diálogo constante de las mismas.

Muñoz de la Cruz explicó que desde la SCJN se busca conocer en los sistemas de justicia cómo se están resolviendo los conflictos en la comunidad, bajo qué parámetros, cuál es la idea de justicia en los pueblos, entre otros. Por eso, se ha desarrollado un proyecto integral sobre los diálogos entre justicias. La perspectiva intercultural, destacó, es de suma importancia en todas las resoluciones de todos los casos que tengan las autoridades jurisdiccionales.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos refiere que reconocer la pluriculturalidad de los pueblos y las comunidades es de suma importancia para la garantía de los derechos. Pues ha habido casos en los que ha existido despojo de tierras y despojo de derechos de los habitantes de las comunidades indígenas.

En ese caso, los propietarios nativos tienen el derecho a reclamar una reparación del daño, ya sea por el Estado o por quienes lo han despojado de dichos derechos o sus territorios. 

 

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