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Puebla

Diputada presenta ley para matar en legítima defensa en Puebla

La diputada de Morena, Guadalupe Tlaque Cuazitl, propondrá ante el Congreso local, una reforma al Código Penal para que los poblanos puedan matar a los ladrones que ingresen a su hogar, negocio o les intenten robar su automóvil.

En sesión ordinaria, la legisladora que representa a la Cuarta Transformación ingresó la reforma a los artículos 26 y 27 de dicho código.

Con esta iniciativa, se busca que no haya castigo para quienes maten a sus agresores en los casos siguientes: que sean víctimas de violencia sexual, en estado de confusión o “terror” por el trauma que sufrieron.

Actualmente el artículo 26 del Código Penal dice:

“Se presumirá́ que concurren los requisitos de la legitima defensa respecto de aquel que en el momento mismo de estarse verificando una invasión por escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento que habite o de sus dependencias, la rechazare, cualquiera que sea el daño que cause al invasor.

Igual presunción favorecerá́ al que dañaré a un extraño a quien encontrare en el interior de su hogar o de la casa en donde se encuentre su familia, aunque no sea su hogar habitual; o en un hogar ajeno que tenga obligación de defender o en el local donde tenga sus bienes o donde se encuentren bienes ajenos que esté legalmente obligado a defender, si la presencia del extraño revela evidentemente una agresión”.

La propuesta de la diputada de Morena quedaría de la siguiente manera:

“Se presumirá́ que concurren los requisitos de la legitima defensa, al hecho de causar daño, lesión o privación de la vida a quien por cualquier medio trate de penetrar, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño causado al agresor.

Igual presunción salvo prueba en contrario favorecerá́ al que causare cualquier daño, lesión o prive de la vida a otro, a quien encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su familia, aún cuando no sea su hogar habitual; en el vehículo que vaya viajando ya sea como particular o con algún encargo comercial; en el local en que aquél tenga sus bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen”.

La reforma al artículo 27 va en el sentido de que la persona que se defienda sea sancionada como “imprudencia delictiva”, en los casos de estado de necesidad, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho.

La propuesta será presentada ante el pleno del Congreso para después ser turnada a comisiones para su análisis y posterior aprobación.