Por: Cortesía

Nacional

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión

Se aplicarán sanciones a los practiquen estas terapias, que van desde dos a seis años de prisión, acompañadas de multas, las sanciones se duplicarán si las víctimas son menores de 18 años.

El Senado de la Republica aprobó esta madrugada, la minuta que prohíbe y sanciona las llamadas “terapias de conversión”, con la que se pretende obligar a las personas a cambiar su identidad sexual.

El pleno del Senado respaldó estas reformas con una mayoría de 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, durante una extensa sesión que se prolongó casi por 12 horas.

Estas prácticas, condenadas por organismos internacionales como actos de tortura contra la comunidad LGBTQ+, implican abusos físicos y psicológicos extremos, desde abusos sexuales hasta electrochoques y supuestos exorcismos, con el objetivo de forzar a las personas a identificarse como cisgéneros heterosexuales.

Desde su escalo, la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Malú Micher, expresó también su aprobación por el aval a esa reforma que impide las conocidas como terapias de conversión, que son verdaderas “torturas”.

“Es un día de fiesta para todas las personas que tienen derecho a amar a quien quieran y como quieran, sin ninguna discriminación. No hay nada anormal en esto, no hay nada que curar, porque no es una enfermedad. En un orgullo votar esta minuta”, dijo Micher.

Los senadores que votaron en contra fueron todos del Partido Acción Nacional; José Alfredo Botello Montes, Víctor Oswaldo Fuentes Solís, Alejandra Noemi Reynoso Sánchez y Lilly Téllez.

Las reformas, que añaden un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud, imponen duras sanciones a quienes realicen, impulsen, apliquen, obliguen o financien cualquier forma de tratamiento, terapia, servicio o práctica que busque alterar la orientación sexual o identidad de género de una persona.

 

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