Por: Cortesía

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Con la resolución de la SCJN, el SAT podrá vigilarte de cerca. Aquí te decimos cómo

Ahora el Servicio de Administración Tributaría (SAT) y cualquier autoridad hacendaría podrá acceder a tu información bancaria sin contar con una orden judicial, lo que le permitirá vigilar tu actividad financiera de cerca para asegurarse de que cumples con tus obligaciones físcales, pero ¿cómo?

El pasado 11 de mayo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional la facultad de las autoridades hacendarias federales para solicitar y acceder a información bancaria de los ciudadanos mexicanos sin necesidad de contar con la autorización previa de un juez.

Aunque la resolución se dio en respuesta al reclamo de un particular, el máximo tribunal del país determinó que el secreto bancario no opera tratándose de información requerida por las autoridades hacendarias federales, para fines fiscales.

¿Cómo puede vigilarme el SAT?

Esto quiere decir que el SAT podrá revisar en cualquier momento las cuentas de cualquier persona, pues la SCJN señaló que “el derecho a la privacidad no es absoluto" y debe ponderarse en caso de que la autoridad hacendaria sospeche de conductas como la defraudación fiscal, el lavado de dinero, el terrorismo o la delincuencia organizada.

Además, al tratarse de una actuación administrativa para fines de comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales, la SCJN consideró que no resulta arbitraria, pues debe estar debidamente fundada y motivada.

Y agregó que una vez que el SAT obtenga tu información financiera podrá acudir ante el Ministerio Público para denunciar hechos posiblemente constitutivos de delito.

Aunque no se determinaron los parámetros o condiciones en los que el SAT podrá acceder a los datos financieros de las personas, muchos consideran que es una intromisión a la privacidad y que esta información podría llegar a ser utilizada para otros fines.