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Oaxaca castiga compartir 'el pack' con hasta 8 años en prisión

Con 35 votos a favor, el Congreso local de Oaxaca aprobó las reformas al Código Penal estatal para sancionar los delitos de violencia digital con hasta 8 años en prisión, y con una multa de 84 mil 490 pesos a 168 mil 980 pesos.

Los artículos 249 y 250 del Código ahora tipificar el delito de intimidad sexual contra quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

Con esta reforma, Oaxaca se convierte en el décimo estado en sancionar la violencia digital. La iniciativa fue presentada por el Frente Nacional para la Sororidad, a través de la activista Olimpia Coral Melo; y de las diputadas Hilda Pérez Luis, Aleida Serrano Rosado y Elim Antonio Aquino; así como los diputados Arsenio Mejía García y Noé Doroteo Castillejos.

De acuerdo al dictamen aprobado, las sanciones que van de 4 a 8 años en prisión, aumentarán hasta en la mitad del máximo cuando el delito sea cometido por el cónyuge o por persona con lazo de afectividad con la víctima. 

La reforma aprobada en Oaxaca incluye el papel de los medios de comunicación, pues establece que las sanciones aumentarán cuando un medio impreso o digital compile o reproduzca contenidos y/o los haga públicos.

En 2013, Olimpia Coral Melo comenzó la lucha por tipificar como delito la difusión de imágenes, vídeos y textos de contenido sexual, luego de que su entonces pareja difundiera una grabación íntima suya.

De acuerdo con el Frente Nacional por la Sororidad, ya son 10 los estados que han aprobado esta ley que permitirá que las mujeres estén seguras también en internet y contar con las herramientas para investigar estos delitos.

Los estados son Baja California, Zacatecas, Guanajuato, Querétaro, Veracruz, Puebla, Chiapas, Yucatán, Coahuila y ahora, Oaxaca.

 

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