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Congreso de Oaxaca avala dar cárcel a funcionarios que nieguen órdenes de protección a mujeres

El Congreso de Oaxaca aprobó este miércoles una reforma al Código Penal Local para sancionar con entre tres y hasta 10 años de prisión a funcionarios que nieguen órdenes de protección hacia mujeres.

La nueva reforma al artículo 209 del código penal considera como delito por abuso de autoridad la omisión de funcionarios al ejercer órdenes de protección de emergencia y preventivas por violencia contra las mujeres.

Las sanciones incluyen la cárcel, de 100 a 400 días de multa, la destitución del cargo así como la inhabilitación de dos a nueve años para desempeñar otros.

"Todo funcionario que cometa el delito de abuso de autoridad, entre ellos la omisión, en relación con las órdenes de protección de emergencia y las órdenes de protección preventivas por violencia contra las mujeres, merecerá las sanciones antes mencionadas", destaca el Congreso local en un comunicado.

La reforma también considera que, en caso de que el riesgo o peligro del que la autoridad tuvo conocimiento se llegase a materializar en algún delito contra la mujer, la acción será considerada como dolosa.

Además, se modificó el artículo 27 Bis de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, con el fin de que el Ministerio Público otorgue de manera obligatoria órdenes de protección de emergencia y preventivas, aun cuando no exista un proceso jurisdiccional previo al momento en que la víctima acude a solicitarla.

 

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