Confían especialistas en que ‘Ley Atenco’ se declare inconstitucional

Written by Redacción. Posted in México, Minuto a Minuto, Noticias Destacadas, Política

Published on abril 13, 2016 with No Comments

ley-atenco-dentroRedacción. Organizaciones de derechos humanos y expertos constitucionales coincidieron en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dará marcha atrás a la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, que entrará en vigor a finales de julio próximo.

José Antonio Lara Duque, coordinador general del Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, hizo un llamado al gobierno del Estado de México a no publicar ningún reglamento o dar vigencia a la nueva legislación, en tanto la SCJN se pronuncie al respecto y determine la no constitucionalidad de la misma, de lo contrario, advirtió, habrá ejercicios violatorios de los Derechos Humanos.

“No puede (el gobierno del Estado de México), avanzar en algo que está sometido a una decisión judicial, porque si no, lo que va a ocurrir es que dentro de un año, va a haber 10 ejercicios violatorios de derechos humanos con esta Ley, y después de un año la Suprema Corte nos va a decir que es inconstitucional, de eso estamos seguros, y entonces el gobierno del Estado de México va a tener que decir ‘nos disculpamos por las decenas o centenas de violaciones a los derechos humanos que cometimos por imponer dicha Ley’”.

De acuerdo con los términos que marca la Ley, ésta deberá entrar en vigor en dos meses y medio, no obstante, la Corte tardará al menos un año en resolver sobre la constitucionalidad de la misma, al considerar que tiene que allegarse de todos los recursos que sean interpuestos en contra de la norma, tales como el recurso de inconstitucionalidad que ya fue interpuesto por los diputados del PRI en el Estado de México; así como las recomendaciones que en su caso hagan las Comisiones de Derechos Humanos y los amparos que contra la entrada en vigor de la Ley, interpongan las organizaciones civiles.

Lara Duque, informó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene hasta el 18 de abril para interponer otro recurso de inconstitucionalidad, en tanto los Centros de Derechos Humanos, podrán interponer juicios de amparo antes del 29 de abril.

Anunció que el 3 y 4 de mayo llevarán a cabo una resistencia civil pacífica en la Ciudad de México y el Estado de México en protesta por esta Ley recientemente aprobada y en la que se “faculta a los elementos de seguridad para determinar hacer uso de la fuerza cuando se vuelvan violentas las asambleas, reuniones o manifestaciones que se realicen en lugares públicos”.

Aseguró que la SCJN, tendrá todos los elementos jurídicos, para dar marcha atrás a la nueva legislación.

Imer B. Flores, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señaló que la ley como fue aprobada se vuelve atentatoria de las libertades fundamentales de expresión, de asociación, reunión, protesta y petición.

Por lo tanto, el reto será definir los criterios y los estándares que se le darán a los policías para hacer uso de su fuerza para disolver manifestaciones. No obstante que lo ideal sería la garantía a la libre manifestación y no a la represión.

“Yo pensaría que en un control de constitucionalidad esa norma tiene que ser declarada inconstitucional y me parece que la CNDH tiene que hacer una recomendación; la Comisión Estatal de Derechos Humanos debe emitir también una recomendación y eventualmente no estaría pasando en la Suprema Corte”, señaló el investigador.

Fechas clave

Diciembre del 2015, el gobernador Eruviel Ávila envía la iniciativa al Congreso del Estado de México.

17 de marzo 2016, el Congreso mexiquense aprueba la iniciativa y se promulga.

18 de marzo 2016, se publica en el periódico oficial de la entidad.

A partir de ese día comenzó el periodo de 90 días hábiles para su aplicación.

Los puntos clave de la ley

Uso de armas letales: Artículo octavo. “cuando sea excepcional, estrictamente necesario e inevitable, para proteger la vida de las personas y la del elemento de seguridad”.

Uso de armas letales

En el artículo octavo de la ley se precisa que se podrán usar armas letales “cuando sea excepcional, estrictamente necesario e inevitable, para proteger la vida de las personas y la del elemento de seguridad”.

“Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga que, en su huida, pongan en riesgo real, inminente y actual la vida de una persona y en el caso de resultar insuficientes, las medidas menos extremas para salvar una vida” se lee en el texto de la ley.

Armas de control permitidas

Esposas rígidas, semirrígidas, de eslabones, candados de pulgares y cinturones plásticos; también otros materiales o instrumentos para controlar a una persona que represente un grave peligro para sí misma o para terceros; instrumentos y equipo autoprotector que sirven para controlar a un individuo, dejarlo inmovilizado o repeler una agresión como Bastón PR-24, tolete o su equivalente, dispositivos que generan descargas eléctricas, inmovilizadores o candados de mano, sustancias irritantes en aerosol.

Uso de la fuerza en desalojos

La ley establece que las autoridades administrativas o judiciales que requieran el auxilio de los elementos de seguridad pública para realizar desalojos, lanzamientos, embargos o ejecución de resoluciones deberán realizar su solicitud cuando menos, con cinco días hábiles de anticipación, para que las instituciones de seguridad pública programen el operativo.

Reparación del daño

El gobierno del estado y las instituciones de seguridad pública pagarán indemnizaciones a las personas afectadas, cuando los elementos recurran al uso ilegítimo de la fuerza y de las armas de fuego y no adopten las medidas correspondientes para impedir, eliminar o denunciar ese uso.

Sanciones

A los mandos y elementos que no adopten todas las medidas necesarias y suficientes para hacer uso de la fuerza pública y de las armas de fuego e incumplan con la nueva ley se les iniciará una investigación interna por parte de la institución de seguridad a la cual pertenezcan.

Bloquean ejidatarios al Ejército en Atenco

Integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra en San Salvador Atenco sacaron de sus tierras a elementos del Ejército que custodiaban a una cuadrilla de trabajadores y topógrafos que laboran en la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

El sucedo ocurrió ayer por la mañana cuando los ejidatarios detectaron la presencia del vehículo militar del Ejército que incursionó de manera ilegal en sus tierras.

Con una valla humana, los atenquenses hicieron frente al convoy e impidieron que avanzaran.

(Con información de 24Horas).

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